Impuestos Bitcoin y Criptomonedas en España 2026: Guía Completa
IRPF, ganancias patrimoniales, Modelo 721, staking y declaración de la renta: todo lo que necesitas saber según la AEAT.
Impuestos sobre las Transacciones de Criptomonedas en España
En España, las transacciones de criptomonedas se consideran operaciones de cambio y, por lo tanto, están sujetas a los impuestos sobre el valor añadido (IVA) y las retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF). Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2022 se registraron 14.111 operaciones de compra y venta de criptomonedas en España, con un valor total de 1.314 millones de euros (INE, 2022).
- Las transacciones de criptomonedas se consideran operaciones de cambio, lo que significa que están sujetas a un IVA del 21%.
- Las retenciones a cuenta del IRPF se aplican a los beneficios obtenidos por los contribuyentes que tienen una actividad económica relacionada con las criptomonedas.
- El gobierno español ha establecido un plazo de 30 días para declarar y pagar los impuestos correspondientes a las transacciones de criptomonedas.
Impuestos sobre las Ganancias Patrimoniales en España
Las ganancias patrimoniales se refieren a las plusvalías obtenidas por la venta de activos como bienes inmuebles, acciones, bonos, etc. En el caso de las criptomonedas, se consideran activos financieros y, por lo tanto, se someten a las reglas de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, sobre la regulación de los impuestos sobre la renta (LIRPF). Según el Instituto Fiscal, en 2020 se registraron 34.654 operaciones de venta de criptomonedas en España, con un valor total de 4.313 millones de euros (Instituto Fiscal, 2020).
- Las ganancias patrimoniales se calculan mediante la diferencia entre el precio de adquisición y el precio de venta del activo.
- El tipo impositivo aplicable depende del período de posesión del activo y de la renta del contribuyente.
- El gobierno español ha establecido un tipo impositivo del 19% para las ganancias patrimoniales.
Modelo 720 y Modelo 720-IGP
El Modelo 720 es un formulario que debe presentar todos los años los contribuyentes que tienen una renta de más de 50.000 euros anuales en el extranjero. El Modelo 720-IGP es un anexo que deben presentar los contribuyentes que tienen inversiones en criptomonedas en el extranjero. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2022 había 13.442 contribuyentes que tenían rentas en el extranjero y debían presentar un Modelo 720 (INE, 2022).
- El Modelo 720 debe presentarse hasta el 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información declarada.
- El Modelo 720-IGP debe presentarse junto con el Modelo 720.
- El Instituto Nacional de Estadística (INE) es responsable de la tramitación y gestión del Modelo 720.
Retenciones a Cuenta del IRPF
Las retenciones a cuenta del IRPF se aplican a los beneficios obtenidos por los contribuyentes que tienen una actividad económica relacionada con las criptomonedas. Según el Instituto Fiscal, en 2020 se registraron 34.654 operaciones de venta de criptomonedas en España, con un valor total de 4.313 millones de euros (Instituto Fiscal, 2020).
- Las retenciones a cuenta del IRPF se calculan mediante un tipo impositivo del 19%.
- El contribuyente debe presentar una declaración de retenciones a cuenta del IRPF al final del año fiscal.
- El gobierno español ha establecido un plazo de 30 días para presentar la declaración de retenciones a cuenta del IRPF.
Inversiones en Criptomonedas en España
Las inversiones en criptomonedas en España están sujetas a las reglas de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, sobre la regulación de los impuestos sobre la renta (LIRPF). Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), en 2022 había 13.442 contribuyentes que tenían rentas en el extranjero y debían presentar un Modelo 720 (INE, 2022).
- Las inversiones en criptomonedas en España se consideran activos financieros.
- Las ganancias patrimoniales se calculan mediante la diferencia entre el precio de adquisición y el precio de venta del activo.
- El tipo impositivo aplicable depende del período de posesión del activo y de la renta del contribuyente.
Ejemplos Prácticos
Supongamos que un contribuyente compra 1.000 euros de Bitcoin en mayo de 2022 a un precio de 45.000 euros por Bitcoin. En noviembre de 2022, vende 0,5 Bitcoin a un precio de 60.000 euros por Bitcoin. El contribuyente debe declarar una ganancia patrimonial de 15.000 euros (0,5 Bitcoin x 30.000 euros por Bitcoin) y pagar un impuesto del 19% (2.850 euros).
Conclusión
En conclusión, la regulación de los impuestos sobre las criptomonedas en España es compleja y requiere un conocimiento profundo de las normas fiscales y los requisitos de declaración. Es importante que los contribuyentes que invierten en criptomonedas en España se pongan al día con la normativa actual y consulten con un profesional fiscal para evitar cualquier problema o sanción.
Referencias
Instituto Nacional de Estadística. (2022). Rentas de las personas físicas en el extranjero.
Instituto Fiscal. (2020). Operaciones de venta de criptomonedas en España.
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, sobre la regulación de los impuestos sobre la renta (LIRPF).
Puntos clave
- • Las criptomonedas tributan en el IRPF como ganancias y pérdidas patrimoniales (art. 33 LIRPF)
- • Tipos: 19% (hasta €6.000), 21% (€6.001–50.000), 23% (€50.001–200.000), 28% (más de €300.000)
- • Método FIFO obligatorio para calcular el coste de adquisición
- • Modelo 721: declaración de tenencias en exchanges extranjeros si superan €50.000
- • Staking y lending tributan como rendimientos del capital mobiliario (base del ahorro)
- • Las pérdidas pueden compensarse con otras ganancias patrimoniales y con el 25% de los rendimientos del capital mobiliario
- • Plazo declaración de la renta: abril–julio de cada año para el ejercicio anterior
Marco legal de las crypto en España
En España, la Agencia Tributaria (AEAT) considera las criptomonedas como bienes inmateriales susceptibles de generar ganancias y pérdidas patrimoniales, tal como se recoge en la consulta vinculante V0590-18. La regulación se basa en la Ley 35/2006 del IRPF y en las instrucciones anuales de la AEAT.
Desde 2023, la Ley 13/2023 introdujo nuevas obligaciones informativas específicas para las crypto: el Modelo 721 para tenencias en exchanges extranjeros y el Modelo 172 para exchanges españoles. La CNMV supervisa la publicidad de criptoactivos desde 2022, y el Reglamento MiCA de la UE —en plena aplicación en 2025-2026— establece el marco regulatorio europeo para los exchanges.
Toda la normativa vigente está disponible en el portal de la Agencia Tributaria y en el portal de la CNMV.
IRPF y ganancias patrimoniales: tipos aplicables
Las ganancias patrimoniales de las criptomonedas forman parte de la base imponible del ahorro del IRPF, junto con las ganancias de acciones o fondos de inversión. Los tipos progresivos vigentes en 2026 son:
| Tramo (ganancia neta) | Tipo IRPF |
|---|---|
| Hasta €6.000 | 19% |
| €6.001 – €50.000 | 21% |
| €50.001 – €200.000 | 23% |
| €200.001 – €300.000 | 27% |
| Más de €300.000 | 28% |
Fuente: AEAT — Ley 35/2006 IRPF, Ley de Presupuestos Generales del Estado. Tipos vigentes para el ejercicio 2025 (declaración 2026). Consultar a un asesor fiscal para su situación específica.
El método FIFO: cómo calcular el coste de adquisición
La AEAT exige el método FIFO (First-In-First-Out) para determinar el coste de adquisición en la transmisión de criptomonedas. Esto significa que cuando vendes, se considera que vendes primero las unidades compradas más antiguas.
Ejemplo FIFO
- • Compra 1: 0,5 BTC a €20.000/BTC = coste €10.000 (enero 2024)
- • Compra 2: 0,5 BTC a €30.000/BTC = coste €15.000 (junio 2024)
- • Venta: 0,5 BTC a €45.000/BTC = ingreso €22.500 (marzo 2025)
- • Coste FIFO: €10.000 (los primeros comprados)
- • Ganancia patrimonial: €22.500 – €10.000 = €12.500
Modelo 721: declaración de tenencias en exchanges extranjeros
Desde el ejercicio 2023 (primera declaración en marzo 2024), todos los contribuyentes españoles con criptomonedas en exchanges extranjeros (Binance, Coinbase, Kraken, OKX, etc.) cuyo valor supere €50.000 a 31 de diciembre deben presentar el Modelo 721.
Modelo 721 (exchanges extranjeros)
- • Umbral: >€50.000 valor total al 31/12
- • Plazo: enero–marzo (ejercicio anterior)
- • Sanción mínima por no presentar: €10.000
Modelo 172 (exchanges españoles)
- • Lo presentan los propios exchanges (Bit2Me, etc.)
- • Informan de saldos y operaciones de sus clientes
- • Los datos llegan automáticamente a la AEAT
Staking y lending: rendimientos del capital mobiliario
Los ingresos por staking (recompensas por validar transacciones) y por lending (intereses por prestar crypto) no son ganancias patrimoniales sino rendimientos del capital mobiliario (art. 25 LIRPF). Tributan en la base imponible del ahorro a los mismos tipos que los intereses bancarios (19%–28%).
El valor a declarar es el de mercado de la crypto en el momento de recepción del premio o interés. Se incluyen en la casilla de rendimientos del capital mobiliario de la declaración de la renta.
Pérdidas patrimoniales: cómo compensarlas
Las pérdidas patrimoniales de criptomonedas pueden compensarse con:
- Ganancias patrimoniales del mismo año (acciones, fondos, inmuebles)
- Hasta el 25% de los rendimientos del capital mobiliario positivos del mismo año
- Si queda saldo negativo, se puede compensar en los 4 años siguientes
Importante: vender crypto a pérdida y recomprar la misma en los 2 meses anteriores o posteriores activa la regla antiaplicación (art. 33.5 LIRPF) y no permite reconocer la pérdida.
Modelo 721 y Modelo 720: Declaración de Criptomonedas en el Extranjero
Desde la entrada en vigor de la Ley 13/2023, los contribuyentes españoles con criptomonedas en exchanges o wallets situados fuera de España tienen obligaciones informativas específicas. El Modelo 721 (aprobado por la AEAT en enero de 2024 para el ejercicio 2023) es el formulario de declaración informativa sobre criptoactivos en el extranjero.
¿Cuándo se presenta el Modelo 721? Cuando el valor de todas las criptomonedas que posees en exchanges o wallets no residentes en España supere los 50.000 € a 31 de diciembre del año de referencia. La obligación es informativa — no supone pago de impuesto adicional, pero su incumplimiento conlleva sanciones de hasta 5.000 € por dato no declarado (mínimo 10.000 €). El plazo de presentación fue el 31 de marzo de 2024 para el ejercicio 2023. (Fuente: AEAT, Orden HFP/887/2023)
Diferencia entre Modelo 720 y 721:El Modelo 720 (declaración de bienes en el extranjero) también puede ser aplicable si las criptomonedas son consideradas "valores" a efectos de la normativa de control de capitales. Sin embargo, la AEAT ha clarificado en varias consultas vinculantes que el Modelo 721 es el específico para criptoactivos desde 2024. Si tienes dudas sobre cuál aplica a tu situación, consulta un asesor fiscal especializado en criptomonedas — la penalización por no declarar el 720 ha sido históricamente muy severa (aunque el Tribunal Constitucional anuló parte del régimen sancionador en 2022). (Fuente: STC 182/2021, AEAT Consulta Vinculante V0590-24)
¿Qué criptomonedas hay que declarar?Bitcoin, Ethereum, y cualquier otro criptoactivo (incluidos stablecoins como USDT/USDC, tokens DeFi, NFTs con valor económico apreciable) conservado en exchanges o wallets no establecidos en España. Las wallets de autocustodia (hardware wallets como Ledger, Trezor) que están bajo tu control no "se ubican" en ningún país específico — la normativa está en proceso de aclaración para estos casos. Consulta el estado actualizado en la web de la AEAT.
Cómo Calcular las Ganancias Patrimoniales: FIFO, Coste de Adquisición y Ejemplos Prácticos
La AEAT utiliza el método FIFO (First In, First Out) para calcular las ganancias patrimoniales en criptomonedas: cuando vendes, se considera que vendes las unidades que compraste primero. Esto tiene implicaciones importantes si has acumulado Bitcoin en varias compras a precios distintos.
Ejemplo práctico con Bitcoin (FIFO):
| Fecha | Operación | Cantidad BTC | Precio unitario | Valor total |
|---|---|---|---|---|
| Enero 2021 | Compra | 0,5 BTC | 30.000 € | 15.000 € |
| Junio 2023 | Compra | 0,3 BTC | 25.000 € | 7.500 € |
| Marzo 2024 | Venta | 0,3 BTC | 60.000 € | 18.000 € |
Con FIFO, la venta de 0,3 BTC en marzo 2024 consume parte de la compra de enero 2021 (que tenía un coste de 30.000 €/BTC). Coste de adquisición de 0,3 BTC FIFO = 0,3 × 30.000 € = 9.000 €. Valor de transmisión = 18.000 €. Ganancia patrimonial = 18.000 − 9.000 = 9.000 €. Tributación en la base del ahorro: 19% sobre 6.000 € = 1.140 € + 21% sobre 3.000 € = 630 €. Total IRPF a pagar = 1.770 €. (Fuente: LIRPF art. 37.1, AEAT Consulta Vinculante V0999-18)
Comisiones y gastos deducibles: Los gastos de transacción (comisiones del exchange, fees de red/gas) son deducibles del valor de transmisión o añadibles al coste de adquisición. Guarda siempre registros de todas las comisiones pagadas — pueden reducir significativamente la ganancia tributaria. Las herramientas de contabilidad crypto (Koinly, CoinTracking, Accointing) pueden generar automáticamente los registros FIFO compatibles con el formato AEAT.
Fiscalidad del DeFi, NFTs, Airdrops y Minería en España
La fiscalidad de las actividades DeFi en España es compleja y evoluciona con la normativa y las consultas vinculantes de la AEAT. Aquí los criterios actuales (junio 2026) más relevantes:
Staking y Lending (yield farming)
Los intereses y recompensas recibidas del staking o lending de criptomonedas tributan como rendimientos del capital mobiliario en la base del ahorro (19-28%) — el mismo tratamiento que los intereses bancarios. El valor a declarar es el precio de mercado en euros en el momento de recepción. Cuando posteriormente vendes las crypto recibidas como recompensa, tributas por la ganancia patrimonial respecto al precio de mercado en el momento en que las recibiste (ese es tu coste de adquisición). (Fuente: AEAT CV V0589-22)
NFTs (Non-Fungible Tokens)
La venta de NFTs genera ganancia o pérdida patrimonial por la diferencia entre precio de venta y precio de adquisición (en euros). La creación y venta de NFTs como actividad habitual puede considerarse actividad económica y tributar en rendimientos de actividades económicas (escala general del IRPF: 19-47%). Los airdrops de NFTs gratuitos tienen valor 0 de adquisición — toda la venta sería ganancia patrimonial. (Fuente: AEAT CV V0105-22)
Airdrops y Forks
Los airdrops gratuitos (sin hacer nada a cambio) son ganancia patrimonial de la base general (escala progresiva, hasta 47%) en el momento de recepción, por su valor de mercado. Los hard forks (como Bitcoin Cash en 2017) también generan una ganancia a valor de mercado en el momento de recepción, con coste de adquisición 0. Las crypto recibidas por airdrops o forks tienen un nuevo coste de adquisición igual al valor declarado, que se usa para calcular futuras ganancias al venderlas. (Fuente: AEAT CV V1149-22)
Minería de Criptomonedas
Los ingresos por minería tributan como rendimientos de actividades económicas en la escala general del IRPF (hasta 47%), dado que implican una actividad organizada de manera empresarial. Es obligatorio darse de alta en Hacienda con actividad económica (epígrafe IAE 831.9 u otros) y facturar el valor de las crypto minadas al precio de mercado en el momento de recepción. Los gastos deducibles incluyen electricidad, amortización de ASICs, hosting, etc. (Fuente: AEAT CV V0999-18)
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se paga de impuestos por Bitcoin en España?
Las ganancias patrimoniales tributan entre el 19% (hasta €6.000) y el 28% (más de €300.000) en la base del ahorro del IRPF. El tipo aplicable depende del importe total de las ganancias netas del año, no del beneficio por operación.
¿Hay que declarar las crypto aunque no las haya vendido?
No para el IRPF (solo tributa cuando hay transmisión), pero sí para el Modelo 721 si el valor de tus crypto en exchanges extranjeros supera €50.000 al 31 de diciembre, independientemente de si has vendido o no.
¿El intercambio de una crypto por otra tributa?
Sí. Para la AEAT, el intercambio de una criptomoneda por otra (p. ej. BTC por ETH) es una transmisión que genera una ganancia o pérdida patrimonial. Debes calcular la diferencia entre el valor de mercado de la crypto recibida y el coste de adquisición de la entregada.
¿Cómo tributa el staking en España?
Los rendimientos del staking se consideran rendimientos del capital mobiliario y tributan en la base del ahorro (19%–28%). El valor a declarar es el precio de mercado de la crypto en el momento de su recepción.